DEBATE SOCIAL/ DERECHO LABORAL EN LAS CARCELES Mis estimados lectores en la presente columna abordaremos una problemática social que se ha ido incrementado, con base en acontecimientos que llegaron a la opinión pública. El día miércoles 11 del presente, leyendo el diario La Razón de Chivilcoy como lo hago todas las mañanas, me encuentro con una noticia de índole Nacional, que reflota un viejo dilema. El sistema carcelario, contra la legislación laboral vigente. El trabajo en las cárceles y los derechos laborales de los presos vuelven a estar en tema de debate. Cabe recordarle al lector, que a fines de año pasado, la polémica se desató cuando la Cámara Federal de Casación Penal había hecho lugar a un hábeas corpus colectivo , disponiendo en dicha jurisprudencia, la aplicación del régimen laboral para los convictos con idénticos derechos que los de una persona libre. Antes de que se realice cualquier ju...
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SERVICIO DOMESTICO
SERVICIO DOMESTICO NUEVA LEY 26.844 Decreto Reglamentario 467/2014 Estimados lectores en la presente columna, abordaremos una de las relaciones de trabajo más vapuleadas durante años, como lo era el servicio doméstico, también conocido como personal de limpieza o el tan anticuado “amas de casa”. La actividad del servicio domestico se encontraba regulada integralmente por el decreto ley 326 del año 1956. Estos trabajadores/as se encontraban excluidos de la ley 11544 (Jornada de trabajo), de la ley de contrato de trabajo (Ley 20744, art. 2), de la ley de Asignaciones Familiares (Ley 24714), de la ley de jubilaciones y pensiones (Ley 24241), de la ley de obras sociales (Ley 23660) y de la ley de riesgos del trabajo (Ley 26773). Es por ello que se tornaba necesario la derogación del de...
ACCIDENTES DE TRABAJO Mis estimados lectores, en la presente columna abordaremos de modo explicativo y si me permiten hasta didáctico, los aspectos fundamentales de la ley de riesgos de trabajo 24557 y su modificatoria ley 26773. Espero no tenga el lector o sus afines, tener que afrontar la contingencia que es sufrir un accidente mientras presta tareas en su lugar de trabajo o inclusive yendo o viniendo del mismo. En principio puedo destacar que, la LRT excluye al empleador como sujeto pasivo directo, con la creación de un listado taxativo de enfermedades “profesionales” e indemnizables. Ello ocurre a través de prestaciones dinerarias mensualizadas más una suma adicional de pago único. A su vez se sustituye para el mejoramiento del sistema y para una más simple resolución del sistema para evitar colapsos judiciales y descomprimir el mismo, las Comisiones Médicas. Ahora bien, se preguntará el lector...
























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