ACCIDENTES DE TRABAJO
Mis estimados lectores, en la
presente columna abordaremos de modo explicativo y si me permiten hasta
didáctico, los aspectos fundamentales de la ley de riesgos de trabajo 24557 y
su modificatoria ley 26773. Espero no
tenga el lector o sus afines, tener que afrontar la contingencia que es sufrir
un accidente mientras presta tareas en su lugar de trabajo o inclusive yendo o
viniendo del mismo. En principio puedo destacar que, la LRT excluye al empleador como
sujeto pasivo directo, con la creación de un listado taxativo de enfermedades
“profesionales” e indemnizables. Ello ocurre a través de prestaciones
dinerarias mensualizadas más una suma adicional de pago único. A su vez se
sustituye para el mejoramiento del sistema y para una más simple resolución del
sistema para evitar colapsos judiciales y descomprimir el mismo, las Comisiones
Médicas. Ahora bien, se preguntará el lector cuales son las contingencias que la LRT cubre: bien ella son ►
Accidente de Trabajo ► Accidente “in itínere” (es decir yendo al trabajo o
viniendo del mismo a un domicilio predeterminado con anterioridad o previamente
denunciado en la empresa) ► Enfermedades profesionales (contraídas en razón de
la fuerza de trabajo prestada en condición de trabajo o por tareas asignadas
con el transcurso del tiempo). Los objetivos de la ley son prevenir los riesgos
derivados del trabajo; la reparación de los daños derivados de accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales; promover la negociación colectiva laboral
para mejorar las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras. Es
dable resaltar que los deberes de las ART (aseguradoras de riesgos de trabajo)
son asegurar obligatoriamente a empresas que requieran sus servicios; otorgar
obligatoriamente bajo apercibimiento de sanción penal, las prestaciones de la
ley; tomar al trabajador en el estado de salud que se encuentre al afiliarse,
no pudiendo realizar actos discriminatorios de ninguna índole ni especie, ni
sometiéndolo a exámenes de ingreso y por último llevar un registro de
siniestralidad laboral. Es mi misión a través de la presente, que el lector
comprenda, ante el penoso momento de
sufrir un infortunio laboral, que el mismo tiene la posibilidad de reclamar sus
derecho y que ese hecho dañoso, es pasible de ser indemnizado. Hasta la
próxima…
Dr. Emmanuel
Langone
Comentarios
Publicar un comentario